REVISTA ELECTRONICA DE DERECHO PUBLICO MINIMO

 

JURISPRUDENCIA SOBRE SEGURIDAD SOCIAL DE

LOS SERVIDORES DEL ESTADO TERRITORIALES

 

Por                                                             

Libardo Orlando Riascos Gómez                                                                                                                

Doctor en Derecho

Lriascos@udenar.edu.co

2010

 

 

Relativos al Régimen de la Seguridad Social

Corte Constitucional de Colombia

 

Nota: A continuación presentamos un repertorio jurisprudencial de los principales pronunciamientos (Sentencias de Constitucionalidad “C-“, de Tutela “T-“, de Unificación “SU-“ o Autos “A-“) de la Corte Constitucional de Colombia, sobre Derechos Fundamentales o Constitucionales en los siguientes aspectos:

 

 

  1. T-340-2004, Abril 15. La seguridad social para personas con regímenes excepcionales para ejercer la tutela por la edad

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  1. T-326-2004. Abril 15. Los enfermos del SIDA y las obligaciones del Estado colombiano.

 

  1. C-227-2004, Marzo 8. La Seguridad Social: Derechos de los beneficiarios del asegurado en condiciones personales excepcionales (pensión de vejez).

 

  1. C-043-2003, Enero 28: Seguro de vida para los concejales y para quienes lo reemplacen por vancancia absoluta de cargo o por faltas temporales. Constitucionalidad del artículo 69  de la Ley 136 de 1994. Ratifica la sentencia T-073-2002, por la cual se determinó: en cuanto a que el seguro de vida previsto en la Ley 136 de 1994 para los Concejales Municipales, es una prerrogativa que se le confiere a éstos “inherente al ejercicio del cargo y, por ende, sólo puede tener como cobertura los riesgos relacionados con la actividad que desempeñan, por las precisas y puntales razones que allí se consignaron, a las que nada tiene que agregar.”

 

  1. C-954-2000, Julio 29   Constitucionalidad del numeral 2º del artículo 15 de la Ley 91 de 1989, Estatuto del Fondo de pensiones del Magisterio. Docentes vinculados hasta 31 de Diciembre de 1980

 

  1. C-601-2000, Mayo 24. Constitucionalidad del artículo 141 de la Ley 100 de 1993. Sistema de Seguridad Social Integral. Personas de la Tercera. Derecho a la Igualdad en el régimen

 

  1. C‑089-97, Febrero 26. Pensión mínima de vejez o jubilación. Monto mensual
  2. C‑155-97, Marzo 17. Tope máximo pensión de vejez: Efectos jurídicos frente a situaciones consolidadas
  3. C‑182-97, Abril 10. Regímenes excepcionales en sistema integral de seguridad social: Alcance
  4. C‑410-97, Agosto 28. Servidores públicos de entidades territoriales. Aplicación del régimen de jubilación de transición
  5. C‑590-97, Noviembre 13. Situaciones jurídicas e individuales consolidadas a nivel municipal y departamental en materia de salud se respetarán al entrar en vigencia la ley 100/93
  6. C‑596-97, Noviembre 20. Sistema de Seguridad Social. Constitucionalidad de Régimen de Transición
  7. T‑437-97, Septiembre 10.  Empresa promotora de salud. Régimen general que excluye preexistencias. Empresa promotora de salud. Régimen excepcional por servicios de alto costo
  8. C‑111/96, Marzo 21. Reajuste pensional para los actuales pensionados. No discriminación
  9. C‑115/96, Marzo 21. Cosa juzgada constitucional: inexequibles el numeral 5, del artículo 248 de la ley 100 de 1993 y el decreto ley 1298 de 1994 "por el cual se expide el estatuto orgánico del sistema general de seguridad social en salud" 
  10. C‑116/96, Marzo 21. Delegación de funciones. Decretos con fuerza de ley. TASAS: Concepto, Método para fijar tarifa. INVIMA: Fijación de tarifas. Inconstitucionalidad
  11. C-173-96, Abril 26. Excepciones. El Sistema Integral de Seguridad Social contenido en la ley 100/93 no se aplica a los miembros de las Fuerzas Militares y de la Policía Nacional, entre otros. Es constitucional
  12. C‑274-96, Junio 20. Constitucionalidad del decreto 1259 de 1994, "Por el cual se reestructura la Superintendencia Nacional de Salud"
  13. C‑411-96, Septiembre 4. Cosa juzgada constitucional. Nupcias de pensionada por viudez. Pensión de vejez o jubilación vitalicia
  14. C‑538-96, Octubre 16. Sistema dual de pensión. Se previó un sistema dual de pensiones: el sistema de prima media con prestación definida y el de ahorro individual con solidaridad
  15. C‑611-96, Noviembre 13. Constitucionalidad de los Bonos pensionales. mantenimiento poder adquisitivo constante
  16. C‑027/95, Febrero 2. Constitucionalidad del Seguro Social Integral
  17. C‑030/95, Febrero 2. Constitucionalidad del Régimen Pensional. Transición.
  18. SU‑043-95, febrero 9. Derecho a la salud de los menores de edad. Prevalencia
  19. C‑052/95, Febrero 16. Constitucionalidad de la Ley 100 de 1993. )Ley estatutaria por ser la salud un derecho fundamental?
  20. C‑584/95, Diciembre 7. El Sistema General de Pensiones. Selección del régimen. Régimen de prestación definida. Afiliación al ISS
  21. C‑476/94, Octubre 27. Arbitrio rentístico de la Nación para salud: juegos de azar permitidos. v.gr. Las loterías
  22. C‑497A-94, Noviembre 3. Servicios públicos prestados por entidades territoriales.  Sistema de seguridad social. E.P.S..Entidades de previsión social departamental y municipal

 

 

Actualización: Pasto, Marzo 10 de 2010

 

                                                                      

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