REVISTA ELECTRONICA DE DERECHO PUBLICO MINIMO

 

JURISPRUDENCIA SOBRE FUENTES DEL DERECHO

 

Por                                                             

Libardo Orlando Riascos Gómez

Doctor en Derecho

Lriascos@udenar.edu.co                                  

2010

 

 

 

Relativos a las Fuentes del Derecho Público

 

NOTA: Sentencias de Constitucionalidad “C-“, de Tutela “T-“, de Unificación “SU-“ o Autos “A-“ de la Corte Constitucional de Colombia

 

 

  1. SU-047-99,Enero 29: “Doctrina Constitucional vinculante”. Jurisprudencia Constitucional. Cambio de la Doctrina: Razones.

 

  1. SU-640-98, Noviembre 5: FUENTES DEL DERECHO-A falta de ley que desarrolle la norma suprema debe acudirse a la interpretación del Tribunal Constitucional. “Doctrina Constitucional”. Período de Alcaldes y Gobernadores

 

  1. Auto A-017-95, Abril 5. La Analogía como fuente del derecho en la legislación civil y en la Constitución de 1991

 

  1. C-029-95, Febrero 2    Principios generales del derecho. Interpretación de las normas procesales previstas en el Código de Procedimiento Civil.

 

  1. C-296-95, Julio 6. El Ordenamiento Jurídico: definición, aplicación e interpretación en el derecho colombiano

 

  1. C-083-95, Marzo 1. Las Fuentes del Derecho previstas en el artículo 230 de la Constitución de 1991. Constitucionalidad del artículo 8 de la ley 153 de 1887. Discusión doctrinal sobre el sistema de fuentes y su vigencia. En especial, la costumbre, doctrina, la jurisprudencia, la analogía (iuris y legis), la equidad y los principios generales del derecho.

 

  1. C-170-95, Mayo 17. Los principios generales del derecho. Tratados Internacionales. Inexequilidad del artículo 538 (parcial)  del Decreto 2700 de 1991, Noviembre 30.  (Código de Procedimiento Penal)

 

  1. T-340-95, Agosto 1. La costumbre sólo es fuente de derecho en Colombia, a falta de norma legal expresa sobre el asunto; nunca, como en el caso que se revisa, puede aceptarse que una costumbre contraria a expresa norma legal, prime sobre esta última. La repetida violación de la ley no la deroga, ni la excepciona, y el alegato de la propia ilegalidad no se hace de recibo cuando se le añade la confesión de su práctica inveterada.

 

  1. C-224-94, Mayo 5. La Costumbre como fuente del derecho: Características, Clases de costumbres, Obligatoriedad. La vigencia de la Costumbre en la Constitución de 1991. Constitucionalidad del artículo 13 de la Ley 153 de 1887

 

  1. C-486-93, Octubre 28. La Costumbre mercantil. Fuente del derecho en la vigencia de la Constitución de 1991.

 

  1. C-217-93, Junio 7: Fuentes del Derecho, según el artículo 230, constitucional. “Criterios auxiliares de interpretación”. “La Doctrina Constitucional” de la Corte Constitucional Colombiana, no es “obligatoria” para los jueces de la República. Inexequibilidad del término “obligatorio” del artículo 23 del Decreto 2067 de 1991.

 

 

Actualización: Pasto, Marzo  10 de 2010

 

 

 

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