REVISTA ELECTRONICA DE DERECHO PUBLICO MINIMO

 

JURISPRUDENCIA CONSTITUCIONAL

 

REGIMEN  DE CONSTITUCIONALIDAD DE NORMAS JURIDICAS NACIONALES

 

Por

Libardo Orlando Riascos Gómez

Doctor en Derecho

Lriascos@udenar.edu.co

2012-2013

 

 

 

CONTIENE:

 

1. Relativos a la Constitucionalidad de las leyes y los derechos-leyes

2. Relativos a la Jurisdicción indígena.                                                                                 

 

Nota: Sentencias de Constitucionalidad “C-“, de Tutela “T-“, de Unificación “SU-“ o Autos “A-“ de la Corte Constitucional de Colombia

 

 

Relativos a la Constitucionalidad de las Leyes y los Decretos-leyes

 

 

  1. C-169-2012. Alcance del Control de Constitucionalidad de leyes y leyes aprobatorias de tratados públicos: requisitos constitucionales y legales en el trámite legislativo.

 

  1. C-122-2011. Control de constitucionalidad de las leyes. Control por vía de acción y por vía de excepción

 

  1. C-928-2009. El Comparendo Ambiental.

 

  1. C-896-2009. El término “Compañera permanente” en el Decreto 1045 de 1978

 

  1. C-893-2009. Requisitos de la Nacionalidad por adopción: Ley 962 de 2005

 

  1. C-854-2009. Vigilancia Electrónica. Ley 1142 de 2007. Art. 50 C.P. Vigilancia electrónica como sustituto de la prisión

 

  1. C-851-2009. Telecomunicaciones. Ley 1032 de 2006. Prestación, acceso o uso ilegal de las telecomunicaciones

 

  1. C-812-2009. Régimen de propiedad Horizontal. Ley 675 de 2001. Calidad de no contribuyente

 

  1. C-667-2009. Llamamiento en garantía. Demanda de inconstitucionalidad del art.57 (parcial) del C.P.C.

 

  1. C-195-2009. Ley Aprobatoria de Tratados Públicos. Requisitos para demandar estas leyes especiales. Tratados de la O.I.T. y Enmiendas a tratados.

 

  1. C-712-2009. Licencia de Conducción: ¿Acto Administrativo o “resolución judicial”?.

 

  1. T-994-2005, Septiembre 29. Procedencia de la acción de tutela contra providencias judiciales (sentencias y autos) por “vías de hecho” o más recientemente por “causales genéricas de procedibilidad”. Evolución jurisprudencial.

 

  1. C-880-2005, Agosto 23. Objeto, naturaleza y fines del interrogatorio de parte en el proceso colombiano

 

  1. C-593-2005, Junio 9.            Aplicación, restricción e interpretación del concepto de Ordenamiento Jurídico Vigente; La potestad punitiva del Estado y la policia administrativa. Violación del principio: nullum crimen, nulla poena sine lege;y, El poder de policía, entendido como la potestad de dictar normas generales que restringen el ejercicio de los derechos fundamentales, radica en cabeza del Congreso de la República. Reiteración de jurisprudencia.

 

  1. C-542-2005, Mayo 24. El derecho de petición de informaciones y de consulta en el derecho colombiano. La Sentencia declara exequible las expresiones no y ni contenidas en el inciso 3°. del artículo 25 del Código Contencioso Administrativo.

 

  1. C-555-2005, Mayo 26.  La Manipulación genética, Fecundación y tráfico de embriones humanos y Clonación de seres humanos. La bioética y el derecho. Declaratoria de inhibición y salvamentos de voto.

 

  1. C-114-2005, Febrero 15. Servicio Social Obligatorio para estudiantes de enseñanza media. Constitucionalidad del artículo  97 de  la Ley 115 de 1994, “Ley General de Educación en Colombia. Declaratoria de exequibilidad de la norma.

 

  1. C-060-2005, Febrero 1. Servicios Públicos Domiciliarios en Colombia: Naturaleza jurídica de los servicios, facturación, derechos y deberes de los usuarios. Exequibilidad del artículo 150, sobre “cobros inoportunos”.

 

  1. C-179-02. Marzo 12. Voto programático. Exequibilidad del proyecto de reforma a las Leyes 131 y 134 de 1994, reglamentarias del voto programático.

 

  1. C-047-2001, Enero 24. Inconstitucionalidad del artículo 9 de la Ley 418 de 1997, por la cual se implementa “instrumentos para la búsqueda de la convivencia, (y) la eficacia de la justicia”. El Gobierno no puede nombrar, así sea por una sola vez representantes que solo lo son por voto popular ante las Corporaciones populares nacionales (Congreso), Regionales (Asamblea) y locales (Consejos)

 

  1. C-048-2001, Enero 24. Constitucionalidad del artículo 8 de la Ley 418 de 1997, por la cual se implementa “instrumentos para la búsqueda de la convivencia, (y) la eficacia de la justicia”. Funciones del Gobierno para hallar ese estado de convivencia

 

  1. C-500-2001, Mayo 45. Ley de la Conciliación. Demanda de inconstitucionalidad del art. 47 de la Ley 640 de 2001. Conciliación ante el Defensor del cliente de las instituciones financieras. Se declara inconstitucional el art.47 y la expresión: “salvo el artículo 47 que regirá inmediatamente” del artículo 50 de la citada ley. 

 

  1. C-740-2000, Junio 22. Los efectos derogatorios derivados de la Constitución son definitivos. La posterior reforma, eliminación o modificación de una norma constitucional, no tiene la virtualidad de restablecer la vigencia de las disposiciones legales que en su momento fueron expulsadas del ordenamiento jurídico por ser incompatibles con su contenido, máxime si ello fue declarado así por una sentencia de la Corte Constitucional que hizo tránsito a cosa juzgada constitucional. Se declara exequible Inciso 1º  , artículo 17 del Decreto-ley 100 de 1980 (Código Penal Colombiano). Se declara inexequible inciso 2º  Extradición de colombianos

 

  1. C-043-2000, Enero 26. Estructura de la Fiscalía General de la Nación. Al declararse la inconstitucionalidad del artículo 120 de la Ley 489 de 1998 (C-702-99), se ha operado la “cosa juzgada” y se transmite el fenómeno al Decreto-ley 1155 de 1999 de Junio 25, que restructuró a la Fiscalía. “La inconstitucionalidad por consecuencia”

 

  1. C-952-2000, Julio 26. Firma de los invidentes en documentos públicos y privados. Funciones del Notario Público. En el presente caso nos encontramos justamente frente a una de esas situaciones en las que se busca promover la igualdad real y efectiva respecto de un sector de la población que por sus condiciones físicas se encuentra en desventaja respecto del resto de la comunidad; la medida con que se pretende reducir la disparidad de hecho se encamina, entonces, antes que a crear un trato discriminatorio, a compensar las cargas y a proteger los derechos de sujetos a quienes se les reconoce plena capacidad jurídica. Exequibilidad del artículo 828 del Decreto 410 de 1971, Código del Comercio y artículo 70 del Decreto 960 de 1970, Estatuto del Notariado.
  2. Auto 064-2000 y Auto 085-2000, Septiembre 26. Conflictos de competencias entre autoridades jurisdiccionales para resolver acciones de tutela en asuntos de derecho público
  3. C-927-2000, Julio 12. Considera la Corte, que la oportunidad que el Legislador otorga al solicitante de la declaración de parte, de poder (no exigir como erróneamente lo entiende el demandante), presentar el pliego antes de la fecha que se señala para el interrogatorio, resulta bastante útil, si se tiene en cuenta, que durante el lapso que transcurre entre la iniciación de un proceso y, la práctica de una prueba, en este caso, de interrogatorio de parte, puede transcurrir bastante tiempo, durante el cual es factible que se obtengan conocimientos en relación con el asunto que se debate, de manera tal, que permitan elaborar con más detalle y en mejor forma el interrogatorio con el cual se pretende obtener la confesión de la contraparte. Constitucionalidad de los artículos 207, 226 y 227 del C.P.C: Interrogatorio de parte
  4. Auto 088-2000, Octubre 11. Nulidad de sentencias: . Carácter excepcional de las nulidades de sentencias proferidas por la Corte Constitucional. Sólo la violación del debido proceso, plenamente probada, consistente en falta de quórum o mayoría insuficiente o en nueva decisión sobre lo ya resuelto, puede llevar a la anulación total o parcial de un fallo de constitucionalidad
  5. C-748-99,Octubre 6. Declaratoria de nulidad de una Sentencia previa de la Corte Constitucionalidad (C-508-96)  Decreto 1818 de 1998 , Sobre mecanismos de solución alternativa de conflictos, con base en la Ley 446 de 1998 inconstitucionalidad contra el Decreto 1818 de 1998 y los artículos 64, 121, 126, 135, 136, 163, 138 (parcial) y 155 (parcial) –Declaratoria de inhibición--. El Decreto 1818/98, no es un código (artículo 150-2 y 6º ), constitucional. Salvamento y aclaración de voto.
  6. C-575-98, Octubre 14. Constitucionalidad de los artículos 1 y 3 de la Ley 393 de 1997, Julio 29. sobre acciones de cumplimiento. Cosa juzgada constitucional Sentencia C-127-98, Abril 29
  7. C-445-1996. Alcance y Naturaleza jurídica del Control de Constitucionalidad en Colombia. Art. 241, constitucional
  8. C-217-96, Mayo 16. Derecho al debido proceso es de aplicación inmediata, lo que significa que, para alegarlo, hacerlo valer, aplicarlo, reivindicarlo y exigir las sanciones pertinentes por su violación no se necesita ley alguna que lo establezca o permita. En otros términos, la certidumbre y eficacia de la garantía constitucional no está supeditada a normas de orden legal que conduzcan a hacerla material y actualmente exigible. Exequible artículo 140 del C.P.C. (Decreto 2282 de 1989), sobre causales de nulidad del proceso en todo o en parte. Término “solamente” condicionado
  9. Sent. C-364-96, Agosto 14. Contravenciones: El tratamiento punitivo dado a la contravención en análisis, y en relación con el delito de hurto simple, es proporcional a la menor entidad del hecho y, en consecuencia, se justifica el establecimiento de un procedimiento más breve para su juzgamiento, sin intervención de la Fiscalía dado que, como se expuso antes, ésta sólo participa en la investigación de los delitos. Por tanto, el artículo 11 de la ley 228 de 1995 no viola el artículo 252 ni ninguna otra disposición constitucional.
  10. C-596-95, Diciembre 7. Los baldíos son bienes públicos de la Nación catalogados dentro de la categoría de bienes fiscales adjudicables, en razón de que la Nación los conserva para adjudicarlos a quienes reúnan la totalidad de las exigencias establecidas en la ley. Exequibilidad de artículos 3, 65 y 69 de las leyes 48 de 1882, 110 de 1912 y 160 de 1994
  11. C-592-95, Diciembre 11. Inconstitucionalidad parcial de los artículos 54 y 59 de la Ley 42 de 1993 “Por la cual se organiza el sistema de control fiscal y financiero y los organismos que lo ejercen”. Autonomía Presupuestal de la Contraloría General de la República. Requisitos para ser Contralor. Acreditación del título universitario. Salvamento de voto
  12. C-281-94, Junio 16: Demanda de inconstitucionalidad de normas que con carácter preconstitucional ya había sido objeto de pronunciamiento por parte de la Corte Suprema de Justicia. Sala Constitucional. Sentencia inhibitoria por sentencia previa: cosa juzgada constitucional. Excepción de inconstitucionalidad

 

 

Relativos a la Jurisdicción Indígena

 

 

1.      Sentencia T-606-01, Junio 7. Jurisdicción Constitucional Indígena. Conflictos de jurisdicción: Jurisdicción  indígena y jurisdicción ordinaria. Tutelas contra las sentencias judiciales por vías de hecho. Desconocimiento de la jurisdicción indígena. Jurisdicción constitucional en materia de protección de los derechos de los indígenas (Sentencias Corte Constitucional: SU-039-97, T-428-92, T-523-97, T-634-99, T-254-94). Vías de hecho por providencias judiciales (Sentencias C.C., C-543-92, T-424-93, T-567-98).

2.      Sentencia T-079-01, Enero 29. Derechos fundamentales de la persona jurídica (Resguardos indígenas). Defensa de los derechos fundamentales por tutela. Doctrina sobre la acción de cumplimiento. Derecho de petición: núcleo esencial.

 

 

 

 

 

Actualización: Pasto, Agosto 7 de 2010

 

 

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